Sin estimación de recursos, el Régimen Penal Juvenil provincial llega al Senado

Tras la media sanción en la Cámara baja
La adecuación del sistema a lo que ordena la ley nacional demanda equipos, cargos y centros de alojamiento de menores que la Provincia no tiene.

Sin presupuesto: El Régimen Penal Juvenil provincial, aprobado en Diputados, carece de estimación de costos y financiamiento claro.
Nuevos cargos: El proyecto exige equipos interdisciplinarios y centros de alojamiento de menores que actualmente no existen en la provincia.
Inconstitucionalidad: Un diputado advirtió que la reasignación de partidas para financiar el régimen podría ser inconstitucional.
La Cámara de Diputados aprobó la adecuación al Régimen Penal Juvenil que regiría desde el día siguiente a su publicación, según se aseguró en el ámbito legislativo. Sin embargo, esta adecuación no tiene un cálculo aproximado sobre el costo. El proyecto de Ley, que debe ahora ser tratado en la Cámara de Senadores, prevé equipos, cargos y centros de alojamiento de menores que hoy no existen y su financiamiento depende de reasignar partidas, mecanismo que uno de los diputados consideró inconstitucional.

El proyecto adecua la Ley Provincial 5544 a la Ley Nacional 27.801, que bajó la edad de imputabilidad a 14 años. La advertencia sobre los números la hizo el diputado Mamerto Acuña (Generar).

«Me voy a referir a una cuestión presupuestaria que realmente me preocupa. El proyecto en sí no está cuantificado, no sabemos cuál va a ser el costo concretamente y cómo lo vamos a financiar», anticipó el exministro de Economía.

El proyecto sí deja constancia de la urgencia y faculta a la Corte de Justicia a efectuar previsiones presupuestarias «con carácter prioritario e inmediato», sin esperar al ejercicio siguiente y a pedir al Ejecutivo y a la Legislatura partidas extraordinarias «cuando las previsiones ordinarias resultaren insuficientes». Mientras tanto, podrá usar de manera transitoria el personal y la infraestructura que ya tiene.

El texto también suma gastos al Ejecutivo: si un joven no puede cumplir una sanción por razones económicas, Desarrollo Social deberá cubrir traslados y manutención y Educación, colaborar con los costos de su escolarización.

Cargos que no existen
Entre lo que habrá que pagar figuran dos equipos interdisciplinarios nuevos, uno en el Poder Judicial y otro en el Ministerio de Desarrollo Social, con psicólogos, trabajadores sociales, psicopedagogos y especialistas en adicciones, entre otros profesionales. La norma mantiene en los papeles dos fiscalías y dos defensorías especiales creadas por la Ley 5544, aunque hoy funciona una de cada una.

El proyecto también asigna funciones a un juez de ejecución penal juvenil, aunque fija un esquema provisorio «hasta tanto se concurse y cubra el cargo».

Laura Quintero (Generar) lo planteó sin vueltas: «Ese cargo autónomo no está creado». Su propuesta fue que la ejecución quede dentro del propio fuero Penal Juvenil.

En el interior provincial el cuadro es peor. Hasta que se concursen los cargos de fiscal y defensor especializados (ya creados en la Ley 5544), sus funciones quedarán en manos de los funcionarios comunes de cada jurisdicción. A esa lista se sumó en el recinto, a propuesta de Exequiel Moreno (FDT), un supervisor especializado para el seguimiento de cada adolescente sancionado, una figura que exige la Ley Nacional vigente.

Exigencias
El proyecto establece que los jóvenes detenidos deben ser trasladados a un centro especializado. Quintero precisó que el único en Catamarca es el Centro Juvenil Santa Rosa, en Valle Viejo, . «No tenemos dispositivos de este tipo en el interior y tampoco existe uno específico para mujeres», señaló.

El texto agrega que, donde no funcione un centro, los adolescentes no podrán permanecer en calabozos de comisaría, junto a adultos. También exige separar a los procesados de los condenados y que cada centro cuente con biblioteca, educación primaria y secundaria y atención médica, odontológica y de salud mental.

Asimismo, Alicia Paz (UCR) describió que en la provincia «no contamos con espacios diferenciados para procesados y condenados» y que «el centro cerrado para varones se encuentra literalmente cerrado».

La radical, que reivindicó la Ley 5544 como «modelo para el resto del país», aportó otro dato: hoy no hay adolescentes privados de la libertad en la provincia, ni los hubo en mucho tiempo. Según su lectura, el éxito está en que no vuelvan a delinquir y eso «requiere de un presupuesto que sea destinado al efectivo cumplimiento» de la norma.

Tiago Puente (Generar) recordó que la falta de lugares ya se había informado en marzo. «La nueva ley no creó este problema, dejó expuesto un problema que Catamarca viene arrastrando desde hace años», afirmó.

La plata de la Justicia
El planteo más duro de Acuña recayó sobre el artículo 198, que faculta al Ejecutivo a reajustar y reasignar «con carácter prioritario» partidas del Poder Judicial, del Ministerio de Desarrollo Social y del de Hacienda y Obra Pública. «Estamos violando particularmente el artículo 206 inciso 5 de la Constitución Provincial cuando dice que le corresponde únicamente a la Corte de Justicia de la Provincia modificar su propio presupuesto», sostuvo. Después volvió a la carga: «Sigo insistiendo con la modificación del artículo 198, el Poder Ejecutivo no está facultado para modificar las partidas presupuestarias del Poder Judicial».

Por otro lado, Rosana Pereira Reinoso (FDT) insistió en que «los delitos graves cometidos por adolescentes son mínimos comparados con los de los adultos» y apuntó contra el Gobierno nacional. «La ley nacional fue sancionada sin transferir los fondos necesarios a las provincias», cuestionó.

Adecuación
Se aplicará a adolescentes de entre 14 y 18 años.
Los adolescentes de 14 años quedan excluidos del régimen punitivo; en su caso, las actuaciones se remiten a la Autoridad Administrativa de Protección Integral de Derechos.
En hechos cometidos conjuntamente entre adultos y adolescentes, la investigación y juzgamiento del adolescente permanece de manera estricta en el fuero especializado.
Mantiene la prohibición de forma absoluta de la difusión de nombres, datos o fotografías que permitan identificar a los adolescentes involucrados.
Queda prohibida la imposición de prisión perpetua, estableciendo 15 años para las penas privativas de libertad.

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