La «raspa ‘e la olla» de la usura

OPINIÓN
Una multiplicación de denuncias por hostigamiento y maltrato radicadas por endeudados en el Gran Buenos Aires expone un nuevo aspecto del fabuloso negocio de usura montado a través de plataformas virtuales: la venta a terceros de las carteras irrecuperables a un precio muy inferior a la deuda nominal.

Grandes entidades han comenzado a ceder «carteras chatarra» de deudores en mora a fideicomisos de cobro por valores ridículos, rondando apenas los 4 pesos por cada 100 del saldo nominal adeudado. En tres operaciones, un grupo adquirió $3.145 millones en deudas nominales a solo $134 millones. Las carteras son cedidas «sin recurso»: el comprador adquiere el activo y asume sus riesgos y beneficios. Los datos surgen de los propios balances de muy prestigiosas entidades.

Esta cotización de remate es un fuerte indicio, en primer lugar, de que los acreedores originarios ya han cobrado el capital inicial y extraído suculentas ganancias en las primeras cuotas, mediante Costos Financieros Totales (CFT) astronómicos que superaron el 600% e incluso el 1.400% anual. El saldo en mora que venden es solo una masa inflada de intereses sobre intereses, punitorios y recargos.

En segundo lugar, desnuda la perversidad de la maniobra: mientras que para los balances de las financieras esa deuda no vale más que un 4%, a las familias asediadas se les exige el pago del 100% del valor nominal para avanzar al segundo nivel de la depredación.

Un fondo financiero compra un saldo nominal de $100.000 por apenas $4.000. Si mediante intimaciones, llamados extorsivos a familiares o amenazas de embargo logra sacarle al deudor golpeado $15.000 o $20.000, habrá obtenido una rentabilidad del 300% al 400% sobre lo invertido.

La gravedad de este escenario adquiere dimensión institucional en cuanto se advierte el contraste entre las aflicciones que se expresan por la situación de los endeudados y la inacción del Estado frente a lo que podrían ser delitos. La conducta de prestar a mansalva aplicando tasas desorbitadas, encuadra de lleno en lo que el Código Penal argentino tipifica y sanciona en su artículo 175 bis como usura. La ley penal sanciona con prisión y multa a quien se aproveche de la necesidad, la ligereza o la inexperiencia de una persona para cobrar intereses o ventajas patrimoniales notoriamente desproporcionadas.

¿Cómo es que hasta ahora a nadie se le ha ocurrido abordar el problema desde este flanco? En cambio, proliferan reclamos para que el Estado absorba de alguna manera las deudas, sin considerar que el mayor volumen de las moras se registra en el sector no bancario, que prestó irresponsablemente.

Aceptarle a estas firmas el cobro del total o, peor aún, articular salvatajes con fondos públicos y bancos oficiales a valor nominal para «refinanciar a las familias endeudadas», no es más que resolverle el problema a la usura y asegurarle la liquidez a una masa de créditos ya amortizados. Se les terminaría pagando $100 por un activo basura que en el mercado entre privados cotiza a $4, completando un círculo pernicioso de transferencia de recursos públicos hacia el capital predatorio.

Se asiste a la probable comisión de delitos en serie ejecutados a cielo abierto.

Pese a la profundidad que ha adquirido la discusión sobre la mora y sus devastadoras consecuencias sistémicas, los poderes públicos se mantienen indiferentes.

Hecho el negocio, los usureros habilitan a los matones para que vayan por la “raspa ‘e la olla”. Ya sería hora de analizar en qué casos las moras fueron imponderables y en cuáles incidentes fríamente calculados.

A medida que el análisis del fenomeno avanza, las evidencias del fraude se hacen más sólidas. La irregularidad en los bancos tiende a retroceder porque se iniciaron procedimientos de refinanciación. En las fintech y billeteras virtuales, que acumulan más del 70% de los créditos impagos, sigue en cambio escalando y trepó al 33% en julio.

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