Femicidio de Brenda Gordillo
La condena a prisión perpetua contra Naim Vera fue incorporada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a un compendio de fallos testigo sobre violencia de género. El criterio fijado por la Justicia de Catamarca se convirtió en un antecedente de referencia para futuros casos
La Corte Suprema incorporó el fallo catamarqueño a un compendio de sentencias ejemplares sobre violencia de género y femicidios.
La condena a prisión perpetua contra Naim Vera por el femicidio de Brenda Micaela Gordillo fue incorporada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación dentro de un compendio de fallos ejemplares sobre femicidios y violencia de género dictados en los últimos años en Argentina. La decisión posiciona al caso catamarqueño como un precedente relevante para la interpretación judicial de este tipo de delitos.
En diálogo con Radio El Esquiú 95.3, durante La Mañana de El Esquiú, el abogado querellante de la familia Gordillo, Sebastián Ibáñez, explicó que la inclusión responde a la interpretación realizada por los tribunales catamarqueños sobre dos agravantes clave: la relación de pareja y la violencia de género.
«La Corte Suprema de Justicia de la Nación incorpora la condena de Naim Vera entre los fallos más importantes que marcan un precedente a seguir en materia de femicidio y violencia de género», señaló.
Según detalló, el máximo tribunal consideró que la Justicia local realizó una interpretación «correcta y ejemplar» de los agravantes que derivaron en la condena a prisión perpetua.
«Basta para que haya relación de pareja que las personas tengan una relación de intimidad y confianza sostenida en el tiempo, aunque no sea pública ni convivan», explicó Ibáñez al referirse a uno de los aspectos centrales del fallo.
El abogado recordó que la defensa de Vera había sostenido que no existía una relación de pareja en los términos tradicionales y por eso había solicitado una condena por homicidio simple. Sin embargo, la Justicia entendió que las nuevas formas de vinculación social deben ser contempladas al analizar este agravante.
Respecto de la violencia de género, Ibáñez indicó que el fallo también fijó un criterio relevante. «La Justicia de Catamarca dice que no es necesario un contexto previo de violencia de género», sostuvo.
«Basta con que el hombre se haya valido de una asimetría de poder sobre la mujer para que exista el agravante», agregó.
El letrado destacó que esta interpretación fue posteriormente ratificada por la Corte Suprema nacional, por lo que se transforma en una guía para futuras resoluciones judiciales. «La Corte Suprema de la Nación ya hizo suyo este módulo interpretativo», afirmó.
Aybar: nueva negativa judicial y una segunda causa en análisis
Durante la entrevista, Ibáñez también se refirió a la situación del exintendente Juan Pablo Sánchez Aybar, condenado por abuso sexual. Confirmó que la Justicia volvió a rechazar un pedido de libertad anticipada.
«Aybar es peligroso todavía para niñas, adolescentes y para la sociedad», afirmó al citar las conclusiones de informes psicológicos forenses incorporados al expediente.
Además, reveló que existe una segunda investigación por abuso sexual con acceso carnal que podría derivar en una nueva imputación. «La Fiscalía ya reunió prueba suficiente para imputarlo y citarlo a declaración indagatoria», aseguró.
Según indicó, si esa medida avanza, Aybar podría continuar privado de la libertad aun cuando cumpla la condena actual prevista para diciembre de este año.
