CONDENADO POR ABUSO SEXUAL
Enrique Aybar, exintendente de Puerta de Corral Quemado, seguirá detenido en el penal de Miraflores.
Enrique del Carmen Aybar, exintendente de Puerta de Corral Quemado, condenado por abuso sexual seguirá detenido en el penal de Miraflores. La justicia rechazó un pedido realizado por la defensa que pretendía que sea alojado en un centro de salud o en su domicilio por el estado de salud de Aybar.
Semanas atrás, el abogado defensor del condenado por abuso sexual, Pedro Vélez, había realizado el pedido ante el Juzgado de Ejecución Penal N° 1 a cargo de Alicia Elizabeth Cabanillas. La jueza ordenó que se concrete una junta médica para que evalúe el estado de salud de Aybar. La junta estuvo integrada por miembros del Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) quienes consideraron que las patologías que presenta el exintendente pueden ser atendidas en el Servicio Penitenciario Provincial y no necesariamente tiene que ser trasladado a un centro de salud.
El planteo también fue informado a la Fiscalía de Instrucción N° 9, a cargo de Jonathan Felsztyna, quien tras evaluar el informe del CIF y de la clínica privada en donde estuvo internado Aybar, concluyó que podía seguir cumpliendo la pena en Miraflores. Tras recibir ambos informes, la jueza Cabanillas negó la prisión domiciliaria por lo que el exintendente seguirá alojado en el penal.
Fuentes judiciales consultadas por El Ancasti señalaron que no es la primera vez que la defensa de Aybar pidió la prisión domiciliaria y en las dos ocasiones anteriores los médicos del CIF no aconsejaron la solicitud.
Aybar se encuentra cumpliendo una pena de 6 años de prisión luego de que fuera condenado el 14 de agosto del 2020 por el abuso sexual de una adolescente en un motel en la Capital. El hecho había sido denunciado en el 2013 por la madre de la joven que al momento de los hechos era menor de edad.
En diciembre del 2020 la Corte de Justicia rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y ordenó la detención de Aybar quien quedó detenido en el penal de Miraflores.
Sin beneficios
Según lo establecido por la ley 27375 – que reforma a la ley 24660 – en el artículo 56 bis se limitan todos los beneficios penitenciarios y la libertad condicional a una larga lista de delitos entre los que se encuentran los abusos sexuales, los homicidios agravados, privación ilegal de la libertad coactiva, torturas seguidas de muerte, entre otras.
No obstante, Aybar tendrá la oportunidad en el último año antes de cumplir la pena – el intendente había sido condenado a 6 años – que pueda incorporarse a salidas con acompañamiento penitenciario durante seis meses y, en los últimos tres meses, podrá acceder al régimen de salidas fuera del penal y ya sin supervisión. No obstante, esta posibilidad estará sujeta a una serie de informes de la dirección y del gabinete interdisciplinario del penal.
