ABUSO SEXUAL ECLESIÁSTICO
El cura debe responder por abuso sexual contra un niño. El Juzgado de Control de Garantías de La Paz confirmó la elevación a juicio.
El Juzgado de Control de Garantías de la Sexta Circunscripción Judicial, en La Paz, confirmó la elevación a juicio contra el sacerdote Eduardo López Márquez. De esta manera, rechazó la oposición presentada por su codefensor, Luis Marcos Gandini. El cura debe responder por varios hechos de abuso sexual, contra un niño de 12 años, presuntamente ocurridos entre 2002 y 2003 en ese departamento.
La denuncia se radicó a finales de 2021 pero la acusación tuvo sus demoras. La Fiscalía de La Paz lo imputó por “abuso sexual gravemente ultrajante, calificado por la situación de guarda y por ser cometido por ministro de un culto y corrupción de menores agravado por la edad de la víctima”, “abuso sexual con acceso carnal calificado por la situación de guarda y por ser cometido por ministro de un culto” y “corrupción de menores agravado por la edad de la víctima”, “abuso sexual con acceso carnal calificado por la situación de guarda y por ser cometido por ministro de un culto y corrupción de menores”.
El denunciante guardó silencio durante casi 20 años, hasta que finalmente pudo hablar y realizar la denuncia. En los fundamentos de la confirmación de elevación a juicio, Corina Pérez, jueza de Control de Garantías, advirtió que el denunciante guardó el secreto por “el miedo a que no le creyeran debido a lo que representaban los sacerdotes en ese momento en su familia”.
En este contexto, la magistrada advirtió “la relación de autoridad y poder que ejercía López Márquez, a raíz de la amistad y relación familiar que había con el denunciante”. A la vez, enfatizó sobre “la marcada incidencia que tenía (el acusado) en sus vidas”. Un testigo había manifestado que le resultaba extraño “cuánta incidencia tenían en la familia del denunciante las decisiones de los sacerdotes”.
Además, precisó que de acuerdo con los informes provenientes del Obispado de Catamarca permiten colegir que López Márquez era ministro de culto católico. En el tiempo señalado por la víctima, el religioso estuvo afectado al servicio de la Parroquia San Roque y en los años señalados compartieron la casa parroquial.
Ultraje
En los fundamentos se señaló que el denunciante era un niño de 12 años. Tenía un vínculo con su acusado y con su tío, también sacerdote –quien tenía trato frecuente con López Márquez. “El respeto que imponía el hecho de ser sacerdote sin duda amerita una valoración distinta. Cuando ocurrieron estos execrables hechos ilícitos era simplemente un niño”, precisó.
Para la magistrada, la denuncia contiene un relato fiable, sin fisuras respecto de los detalles, lugar, el qué sucedió después, también de su silencio posterior y el motivo de éste que era el miedo a que no le creyeran debido a lo que representaban los sacerdotes en ese momento en su familia.
“La envergadura de los hechos que vivió y el contexto en él que vivía hacen absolutamente impensable que pueda la víctima salir de ese pacto de silencio hasta contar con los recursos que permitan tal situación. Generalmente el niño no encuentra las palabras adecuadas para expresarlo a esa edad y de esa manera suele quedar oculto durante años. La vergüenza que sienten por el acto es un sentimiento de incongruencia entre lo que se está haciendo y lo que sería correcto hacer. Por lo que todo lo que lo enfrente a la sexualidad explícita y a la invasión de los límites de su cuerpo suele provocar vergüenza en los niños. Aun los más pequeños a quienes nada se les ha enseñado respecto del pudor y las buenas costumbres, sienten nervios y vergüenza, ya que pueden intuir que lo que se les ha estado haciendo no ha sido correcto”, detalló.
En el marco de los abusos, de acuerdo con el testimonio del denunciante y de testigos, se logró advertir que “el alcohol era el denominador común en los sacerdotes”. Los curas aprovechaban la relación con sus víctimas, les ofrecían alcohol y luego los agredían sexualmente.
En relación con el testimonio del denunciante, la jueza Pérez observó que en lo sustancial “no sufrió modificaciones, tanto cuando depuso en sede la Fiscalía General, menos aún en el momento de ampliar denuncia, ya que sus dichos aparecen claros, coherentes, persistentes, sinceros, en cuanto al modo como ocurrieron los hechos, la duración de las agresiones y el comportamiento de su acusado en cada oportunidad que lo sometía a esas agresiones sexuales. Ello se refleja en los resultados de los exámenes psicológicos –psiquiátricos realizados, lo que permite arribar a la probabilidad de existencia de los ilícitos como hacia la participación punible del imputado, sin que pueda atribuirse ligeramente a un estrés por otra circunstancias ajenas a los hechos como lo intenta la esmerada defensa”, sostuvo.
