Hasta el 31 de enero inclusive
El receso administrativo regirá desde el 22 de diciembre de 2025 hasta el 31 de enero de 2026 para toda la Administración Pública Provincial y los organismos descentralizados.
El decreto (que aún no se publicó en el Boletín Oficial), también declaró inhábiles los días del receso para el cómputo de términos procesales, aunque se mantiene la validez de los actos administrativos y la operatividad de los vencimientos vinculados a declaraciones juradas y pagos ante ARCAT.
Durante este período se otorgará la Licencia Anual Ordinaria 2025 a los trabajadores de la administración pública, aunque con excepciones. Para las guardias mínimas, el personal necesario para tareas esenciales podrá tener su licencia suspendida temporalmente por disposición del titular de cada organismo. En las áreas críticas quedarán exceptuados trabajadores de los ministerios de Hacienda y Obra Pública; Agua, Energía y Medio Ambiente; Vivienda y Urbanización, especialmente quienes garantizan servicios esenciales, mantenimiento y obras.
Los agentes con 35 días de licencia iniciarán su licencia el 29 de diciembre. Quienes tengan licencias acumuladas y/o pendientes deberán utilizar primero la más antigua, desde el 22 de diciembre. A su vez, áreas como Seguridad, Defensa Civil, Salud y demás servicios esenciales deberán aplicar el esquema de guardias previsto en la normativa vigente.
El personal docente se regirá por el calendario escolar aprobado por el Ministerio de Educación, mientras que los agentes ingresantes o reingresantes podrán acceder a la licencia anual si completan al menos seis meses de servicio efectivo antes del 31 de diciembre.
Los beneficiarios de becas y planes de empleo no deberán concurrir a sus lugares de prestación durante el receso. Cada organismo definirá los días que correspondan. Además, se instruyó a mantener la carga horaria habitual, sin implementar horarios reducidos durante el receso.

