Dejó de aplicarse el Impuesto País en las compras en el exterior

Desde enero de este año
Con el inicio del 2026, los consumos con tarjeta de crédito realizados en el exterior o en plataformas internacionales comenzaron a regirse por un esquema diferente. Es que, el vencimiento del Impuesto PAIS, que aplicaba un recargo del 30% sobre las operaciones vinculadas al dólar, modificó la estructura impositiva y redujo de forma considerable el costo final de este tipo de compras.

En este sentido, la medida impacta tanto en quienes viajan fuera del país como en los usuarios de servicios digitales internacionales, y redefine el valor del denominado «dólar tarjeta», uno de los tipos de cambio más utilizados por los consumidores argentinos en los últimos años.

El Impuesto PAIS fue creado con una vigencia legal de cinco años y, una vez cumplido ese plazo, dejó de aplicarse desde enero de 2026. Hasta fines de 2025, los consumos en moneda extranjera estaban alcanzados por dos recargos principales: el 30% del Impuesto PAIS y un 30% adicional correspondiente a la Percepción de Ganancias.

Con la salida del Impuesto PAIS, el cálculo de los consumos con tarjeta se realiza ahora sobre la cotización del dólar oficial del día, a la que se suma únicamente la Percepción del 30% a cuenta de Ganancias. En términos prácticos, el recargo total se redujo aproximadamente a la mitad respecto del esquema anterior.

Un dólar tarjeta más cercano a los financieros
Según especialistas del sector financiero, este cambio achica la brecha que existía entre el dólar tarjeta y otras cotizaciones del mercado. «Este nuevo esquema hace que el dólar tarjeta sea mucho más competitivo y se acerque a los valores de los dólares financieros, eliminando una diferencia que fue característica de la economía argentina en los últimos años», explicó Vanesa Di Trolio, Business Manager de Reba.

La reducción del recargo tiene un impacto directo en el bolsillo de los consumidores, ya que baja el monto final que se paga en pesos por compras realizadas en el exterior, suscripciones internacionales o servicios digitales facturados en dólares. A diferencia del Impuesto PAIS, que representaba un costo definitivo, la Percepción de Ganancias no es un impuesto final. Este monto puede solicitarse en devolución ante ARCA (ex AFIP) una vez finalizado el año fiscal, siempre que se cumplan determinadas condiciones.

El mecanismo de reintegro está disponible para las personas que no tributan el Impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales. En esos casos, el importe percibido puede recuperarse íntegramente. En cambio, quienes sí están alcanzados por esos tributos deben computar las percepciones como pago a cuenta a través del sistema SIRADIG-Trabajador, para que se descuenten en la liquidación anual.

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