Archivan la segunda denuncia contra el cura López Márquez

ABUSOS SEXUALES ECLESIÁSTICOS
Lo solicitó el fiscal Jonathan Felsztyna por prescripción. Se basó en el precedente de la Corte de Justicia del 2022.
La Fiscalía solicitó la desestimación y archivo de la segunda denuncia por abusos sexuales presentada contra el sacerdote Eduardo López Márquez. Para el Ministerio Público Fiscal los hechos se encuentran prescriptos y el fundamento de la solicitud es un fallo de la Corte de Justicia dictado en octubre del 2022.

El dictamen del fiscal de la causa, Jonathan Felsztyna, tiene fecha del viernes 15 de septiembre y el denunciante fue notificado ayer en su domicilio.

Fuentes judiciales consultadas confirmaron que en el lapso de un mes la defensa del religioso había realizado dos presentaciones solicitando que se expida. La última presentación fue un pronto despacho en el que se pedía la prescripción de la acción penal.

Según trascendió, el fundamento de Felsztyna para desestimar la denuncia fue el precedente de la Corte de Justicia en la causa Ocampo, de octubre del 2022.

Por ese caso la denuncia por abuso sexual se había radicado en 2006 y la causa llegó a juicio, casi una década después. Primero fue absuelto por el beneficio de la duda pero la Corte revocó esa decisión y lo condenó a 5 años de prisión. Luego vino el pedido de prescripción de la defensa y el posterior archivo de la causa, que tuvo un fallo muy reñido –4 a 3– de los ministros del máximo tribunal.

Según el artículo 62 del Código Penal, la prescripción opera, en los casos de abuso sexual, “después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito” pero “en ningún caso, el término de la prescripción no puede exceder de doce años ni bajar a dos años”.

¿Cómo continúa la causa?

El pedido del fiscal Felsztyna será analizado por el juez de Control de Garantías N° 3 Lucas Vaccaroni, quien deberá resolver si ratifica esa decisión o la revoca. El denunciante, aunque no se constituyó hasta el momento en querellante, también podrá oponerse al dictamen de la Fiscalía.

En el caso de que el Juzgado de Control de Garantías resuelva en igual sentido a la Fiscalía, al denunciante le queda la vía recursiva en la Cámara de Apelaciones.

La segunda denuncia contra López Márquez se radicó el 6 de marzo. Semanas después el sacerdote fue sometido a las pericias psicológicas y psiquiátricas en el Cuerpo Interdisciplinario Forense.

En el marco de la causa, la Fiscalía también intimó al Obispado Diocesano para que informe sobre la actividad de López Márquez y si es que efectivamente estuvo prestando servicio durante las fechas de las denuncias y en las localidades mencionadas.

Según la denuncia presentada por el hombre, los ultrajes ocurrieron entre 1997 y 2001 en una parroquia de la localidad de Chumbicha, en el departamento Capayán.

La primera denuncia contra el sacerdote se encuentra en etapa de definiciones en la Cámara de Apelaciones. La defensa, a cargo de Marcos Gandini, interpuso excepción de previo y especial pronunciamiento por extinción de la acción penal. El fundamento fue el mismo en el que se basó Felsztyna para pedir el archivo de la segunda denuncia: el fallo de la Corte de Justicia que terminó con el sobreseimiento de un condenado por abuso sexual.

La causa que se tramitó en la Fiscalía de Recreo había sido elevada a juicio en junio.

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