Un hombre ultrajó a su hijo y continuará detenido en Penal

ABUSO SEXUAL EN LA INFANCIA INTRAFAMILIAR
El juez de Control de Garantías, Héctor Rodolfo Maidana confirmó la prisión preventiva para el acusado.

El juez de Control de Garantías de Primera Nominación, Héctor Rodolfo Maidana, confirmó la prisión preventiva a un hombre imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo continuado”. Los ultrajes sucedieron en 2019, en la Capital. La víctima era el hijo del acusado, un niño pequeño.

La investigación estuvo a cargo del fiscal de Instrucción de Octava Nominación Sebastián Pelisari. Ayer, se llevó a cabo la audiencia de prisión preventiva. El representante del Ministerio Público Fiscal realizó la solicitud.

El magistrado hizo lugar. En la fundamentación, se advirtió que existe la probabilidad exigida en este proceso de la participación del acusado en los hechos que se le reprochan. El testimonio del niño en Cámara Gesell fue sumamente valorado por el juez Maidana. En el marco de la entrevista, el chico relató los detalles de los abusos.

En este sentido, remarcó que niños y niñas víctimas de delitos contra la integridad sexual suelen tener un relato espontáneo, “sobre todo, cuando brindan precisiones que de ningún modo pueden haber inventado. De la pericia psicológica practicada se desprende, con meridiana claridad, que el niño víctima presenta indicadores que podrían ser compatibles con haber atravesado vivencias abusivas en sus distintas modalidades (física, psicológica y sexual) y que su relato con relación a los hechos es claro, preciso y coherente y que define modo, tiempo aproximado, lugar y personas de los actos”.

Para el magistrado, en estos casos, por lo general, “los niños siempre dicen la ventad y, por ende, sus relatos son aceptados como verdaderos”. Además, advirtió que por otra parte, reiteradamente se ha sostenido que “el relato de un niño no puede ser analogado en su tratamiento al de un adulto. En ninguna esfera de su vida con relación familiar, escolar o social, quien se comunica con un niño lo hace con la expectativa de obtener de su pequeño interlocutor un razonamiento impoluto, sin fisuras, sin olvidos, sin contradicciones ni imprecisiones. ¿Por qué entonces ha de aplicarse distinta vara para mensurar con inmutable rigor la narración que ofrece un niño cuando es convocado a declarar en un proceso penal?”, destacó.

Puertas adentro
El abuso sexual en la infancia (ASI) es una de las formas de violencia más extrema que niños, niñas y adolescentes pueden sufrir. No obstante, el dato más importante que advierten los profesionales en esta temática es que en la gran mayoría de los casos se trata de abusos sexuales intrafamiliares: padre, abuelo, hermano, tío o primo son los principales sospechosos.

El victimario realiza un abuso de poder. A través de diversos mecanismos de manipulación y amenaza, quien abusa genera en la víctima un sentimiento de culpa y vergüenza. Es por ese motivo que quienes lo sufren pueden tardar mucho tiempo, incluso años, hasta que pueden poner en palabras lo que les sucedió. El agresor sexual se vale del miedo, la culpa y la manipulación. A la vez, se destacó que la vulnerabilidad en estos casos reside en el hecho de que chicos y chicas, por su inocencia, condición física o sexual no comprenden la criminalidad de los ultrajes, más aún cuando el agresor es padre o un familiar cercano. “Estos agresores se aprovechan del amor y la confianza. Niños, niñas y adolescentes advierten que algo malo está sucediendo; suelen reprimir los recuerdos y tienden a normalizar o tolerar aquellos actos degradantes y tortuosos, quedando atrapados en un círculo de silencios y secretos familiares”, explicaron.

¿Qué hacer?
Ante la sospecha o duda de que un niño, niña o adolescente pueda ser víctima de una agresión sexual, se debe poner en conocimiento a las autoridades. La Línea 102 de Protección de chicos y chicas es un canal para denunciar. Funciona las 24 horas, los 365 días.

En octubre de 2018, tras una modificación en el artículo 72 del Código Penal Argentino (CPA) se convierte en carácter de orden público los delitos sexuales contra chicos y chicas. Así, la acción ante la Justicia podrá ser iniciada por cualquier persona y el Estado, a través de los fiscales, estará obligado a llevar adelante las investigaciones correspondientes. Es decir, se elimina el requisito de la denuncia de los representantes legales del niño, niña o adolescente como condición para proceder.

Para compartir: