Se confirmaron los topes de consumo que serán subsidiados

AUMENTO A LA ENERGÍA ELÉCTRICA
A las categorías de menos ingresos se les subsidiara hasta un consumo de 350KWh/mes, mientras que a los ingresos medios hasta 250KWh/mes.

El Ente Regulador de Servicios Púbicos de Catamarca (ENRE) informó que a través de la Resolución 90/2024 la Secretaría de Energía de la Nación estableció los nuevos topes de consumos para mantener los subsidios a la energía eléctrica. Estos regirán durante el período denominado de “transición” entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2024.

-Usuarios categorizados en el Nivel 2 (Ingresos Bajos), tienen precio subsidiado hasta un consumo base de 350 kWh/mes. Si el consumo se mantiene dentro de este tope, la bonificación y/o subsidio es del 71,92% del precio definido. Si se supera ese límite, el excedente consumido se paga a tarifa plena.

-Usuarios categorizados en el Nivel 3 (Ingreso Medios), tienen precio subsidiado hasta un consumo base de 250 kWh/mes. Si el consumo se mantiene dentro de este tope, la bonificación y/o subsidio es del 55,94% del precio definido. Si se supera ese límite, el excedente consumido se paga a tarifa plena.

-Usuarios categorizados en el Nivel 1 (Ingresos Altos) no tienen bonificación.

Por otra parte, los usuarios catamarqueños comprendidos en el denominado Régimen de Zona Fría (que no tienen acceso a la red de gas natural) de los departamentos Antofagasta de la Sierra, Tinogasta, Santa María, Belén, Andalgalá y Pomán) tienen topes de consumo ampliados durante el período comprendido entre el 1° de junio y el 31 de agosto de 2024:

-Usuarios categorizados en el Nivel 2, tienen precio subsidiado hasta un consumo base de 700 kWh/mes. Si el consumo se mantiene dentro de este tope, la bonificación y/o subsidio es del 71,92% del precio definido. Si se supera ese límite, el excedente consumido se paga a tarifa plena.

-Usuarios categorizados en el Nivel 3, tienen precio subsidiado hasta un consumo base de 500 kWh/mes. Si el consumo se mantiene dentro de este tope, la bonificación y/o subsidio es del 55,94% del precio definido. Si se supera ese límite, el excedente consumido se paga a tarifa plena.

-Usuarios categorizados en el Nivel 1 no tienen bonificación.

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