ENTRE SIETE PARTIDOS EN CATAMARCA
Fueron sancionados por los balances contables correspondientes al 2021, perdiendo el “derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público” por un año.
De acuerdo a lo que consta en el registro de sanciones a agrupaciones políticas de la Cámara Nacional Electoral, durante este año se condenó a ocho partidos en Catamarca cortándoles el financiamiento o subsidios por un año. Entre esa lista de espacios políticos figuran el Partido Intransigente (PI), Movilización, el Partido FE y Nuevo Espacio de Opinión (NEO). Según indican las sentencias, esta sanción surgió ya que se les desaprobó el estado anual patrimonial o el balance general y la cuenta de ingresos y egresos correspondientes al ejercicio 2021
Por ejemplo, en mayo de este año se dictó la sentencia 2234 desfavorable al PI. En los considerandos, se menciona que no se adjuntan comprobantes de los pagos efectuados por contrato de locación de inmueble de la sede partidaria, “los que totalizan $249.800”. Además, indica que se omitió “la presentación de documentación de respaldo de los gastos expuestos en los rubros honorarios profesionales por $55.000 y gastos generales por $19.350”. Si bien reconoce que hubo pagos en efectivo para los rubros alquileres y honorarios profesionales, esto no se ajusta “a las disposiciones de la normativa vigente en lo atinente a la bancarización de los fondos del partido político”.
En consecuencia, se dispuso “la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por el plazo de un año, al no haberse acreditado fehacientemente el origen y/o destino de los fondos recibidos para el desenvolvimiento institucional”.
En el caso de Movilización, las cuentas patrimoniales no incluyeron los pasivos existentes a diciembre del 2020. Además, el partido registró deudas operativas por $140.466 sin identificar a los acreedores partidarios. Además, Movilización declaró aportes privados de personas físicas recibidas en efectivo por $111.135 los cuales no fueron “debidamente bancarizados en su totalidad” y, por lo tanto, no se adecuaron a la ley vigente.
Para el partido FE el motivo de la sanción no difiere respecto a los otros. “No se ha documentado la percepción de préstamos a reintegrar de terceros (no identificados), los que se perciben en efectivo y (…) se verifica que la devolución de fondos al acreedor ha sido efectuada también en efectivo, procedimiento que no se ajusta a las disposiciones de la normativa vigente” dice la sentencia.


