Difusión de imágenes íntimas: identifican a un usuario

VIOLENCIA DIGITAL
Desde Fiscalía pidieron que el Juzgado de Familia le fije restricciones al denunciado por la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento.
Luego de las dos denuncias realizadas por jóvenes por difusión de imágenes íntimas sin su consentimiento, se confirmó que uno de los usuarios fue identificado por los investigadores.

Las denuncias habían ingresado el sábado 2 de septiembre en la Unidad Judicial de Violencia Familiar y de Género y fueron giradas a la Fiscalía de Instrucción N° 1 a cargo de Yésica Miranda quien convocó a personal de la División Ciberdelitos de la Policía de la Provincia. De las averiguaciones realizadas por los investigadores lograron identificar a un usuario que había distribuido material íntimo, por lo que desde la Fiscalía de Instrucción N° 1 solicitaron que intervenga el Juzgado de Familia N° 1 y se le fijen restricciones, entre ellas la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima.

Las jóvenes habían denunciado que se viralizaron imágenes (fotos y videos) a través de cuentas de Telegram y Discord y que inclusive el material había llegado a grupos de Tucumán. Según trascendió, en Catamarca uno de los grupos tenía al menos 1500 integrantes quienes no solo se dedicaban a compartir las imágenes sino que además proporcionaban datos sobre los lugares en donde estudiaban o trabajaban o a qué gimnasio asistían las jóvenes.

Ambas denunciantes son mayores de edad por lo que la distribución de imágenes íntimas sin su consentimiento no es un delito de acuerdo a lo establecido por el Código Penal Argentino. La ley sí sanciona la distribución o difusión de “pornografía infantil” cuya denominación recomendada ahora es Material de Abuso Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (Masnna) o de Material de Explotación Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (Mesnna).

La distribución de imágenes sin consentimiento junto a otras acciones como la “sextorsión” y el “acoso virtual” están enmarcadas dentro de la violencia digital. En En julio, el Congreso de la Nación le dio media sanción al proyecto que busca incorporar a la violencia digital como otra forma de violencia contra la mujer.

El proyecto es popularmente conocido como Ley Olimpia, en alusión a la activista mexicana Olimpia Coral Melo que intentó suicidarse luego de que su expareja viralizara videos íntimos.

El proyecto busca concientizar y que el Estado genere políticas públicas de prevención. Está en el Senado a la espera de su tratamiento.

Pero la gran cuenta pendiente es la aprobación de la Ley Belén, que recibe ese nombre por una joven bonaerense que se quitó la vida luego de que una ex difundiera material suyo.

La Ley Belén modifica al Código Penal y establece penas que van de los 3 meses a los 3 años de prisión.

Dónde denunciar

En la Unidad Judicial Especializada de Violencia Familiar y de Género, en calle Esquiú 315 o en Fiscalía General, en calle General Roca 50.

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