Desde el mes de marzo los alquileres sufrirán un aumento del 90%

DE ACUERDO A LA LEY DE ALQUILERES
«Nosotros venimos planteando que la ley que impone este valor es perjudicial para el inquilino», expresó Kotler.
De acuerdo con la Ley de Alquileres vigente, la cual establece que los aumentos de los contratos se rigen por ajustes anuales, los inquilinos que firmaron un contrato en marzo de 2022, percibirán el próximo mes un aumento de alrededor del 89%, según el índice del Banco Central.

Cabe mencionar que se ha intentado sin éxito derogar la ley y sancionar otra que tenga en cuenta la evolución de los salarios y no el proceso inflacionario.

Esta situación está generando que los alquileres queden retrasados durante mucho tiempo y los propietarios de casas y departamentos están quitando sus propiedades del mercado inmobiliario porque no les conviene alquilar, o bien prefieren alquilar por día a turistas.

Al respecto, el presidente de la Cámara Inmobiliaria de Catamarca, Raúl Kotler, hizo referencia a los incrementos anuales que establece el Índice para Contratos de Locación (ICL), “el valor está perfecto, es lo que dan los índices oficiales. Nosotros venimos planteando que la ley que impone este valor es perjudicial para el inquilino, pero es lo que votaron nuestros legisladores”, expresó.

Por otra parte, Kotler se mostró en desacuerdo con aquellas personas que realizan contratos fuera de la ley, con incrementos semestrales o trimestrales, “hay muchos propietarios que lo están haciendo en forma privada. Las inmobiliarias somos meros intermediarios entre el locador y el locatario. Si alguna está haciendo aumentos trimestrales o semestrales, está incumpliendo la ley, algo que la Cámara no avala en absoluto”, dijo Raúl Kotler.

Sobre los modos para denunciar estas maniobras, Kotler dijo, “está el derecho al consumidor, se puede hacerlo de forma legal o judicialmente ya que el contrato estaría fuera de la ley”, finalizó.

Ley de alquileres
La ley 27.551 definió que los contratos deben durar al menos tres años y durante ese periodo, sobre el precio mensual, “sólo pueden realizarse ajustes anuales” con una fórmula determinada.

La norma detalla que los ajustes deben realizarse “utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)”.

De este modo, los incrementos deberían quedar en un punto medio entre lo que hayan avanzado en el último año, la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es la entidad encargada de elaborar y publicar ese índice, denominado Índice para Contratos de Locación (ICL).

El valor actual del ICL y todos los anteriores, día por día, se pueden consultar en la web del BCRA (www.bcra.gob.ar).

De allí surge, por ejemplo, que en julio de 2020 el ICL había arrancado en 1,0; que en marzo de 2022 (hace casi un año) ya era de 1,82; y que marzo de 2023 lo iniciará en 3,45. Es decir, que en solo 2 años y 5 meses acumuló un avance del 245%.

Hasta fines de junio de 2020, antes de ser promulgada esta ley, el precio se definía cuando se firmaba el contrato y ese monto total se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y, en general, se pactaba con subas semestrales. Otro de los cambios de la normativa fue que el mes anticipado y el depósito de garantía que deben abonar los inquilinos no pueden ser mayores que el equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. En tanto, el plazo mínimo del contrato se amplió de dos a tres años.

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