Opinión
La reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia pasó casi desapercibida en un año signado por tensiones políticas y episodios controversiales que afectaron al propio Poder Judicial, como las alternativas de los malogrados procesos en el Jury, o la reciente prescripción de la causa por la Tragedia de la Alcaidía.
Sin embargo, los cambios introducidos suponen un avance sustancial en lo que se refiere al ritmo de los trámites, cuya morosidad es uno de los principales reproches que se le hacen a la Justicia. También contribuirían, al menos en el plano teórico, a la simplificación y transparencia de las gestiones judiciales, aspecto no menor si se tiene en cuenta casos como el de la banda que supuestamente manipulaba expedientes en el fuero Comercial y de Ejecución para apoderarse de propiedades inmuebles y vehículos, uno de los más sonados escándalos de este 2025 que se acaba, todavía irresuelto.
La adopción de la oralidad, que obliga a una presencia más activa de los jueces, es tal vez el elemento de mayor incidencia. Un juicio que hoy demora entre cinco y seis años se reduciría a uno o dos. Significa que una persona que inicia un reclamo por daños, el cobro de una deuda, una disputa contractual o un sucesorio podría acceder a una resolución mientras el problema aún es relevante en su vida, y no cuando ya ha perdido vigencia o urgencia.
En lugar de que los casos sean una pila de papeles que nadie ve directamente, ahora las partes tendrán que presentarse ante el juez en audiencias donde expondrán sus argumentos y presentarán sus pruebas de manera directa.
Al margen de los impedimentos que implicará para maniobras como las investigadas en la causa de la “banda de los usurpadores”, la metodología contribuirá a humanizar los procesos. Los jueces y funcionarios judiciales dejarán de ser figuras abstractas, porque deberán abocarse personalmente a escuchar los relatos, testimonios y argumentos, lo que les permitirá percibir matices que los fríos expedientes escritos no pueden trasmitir.
La reforma del Código Procesal Civil y Comercial apunta a resolver en ese fuero la mora, uno de los déficits más evidentes de la Justicia.
Piénsese en lo que esto significa en términos de equidad para quienes tienen dificultades con la escritura formal o limitaciones de acceso a asistencia legal sofisticada. La posibilidad de explicar oralmente un problema, de responder preguntas en tiempo real y aclarar dudas inmediatamente puede nivelar algunas desigualdades que el sistema escrito perpetúa.
La digitalización es otro ingrediente que beneficiará directamente al ciudadano común. La posibilidad de seguir el expediente desde una computadora o teléfono, sin necesidad de trasladarse físicamente al tribunal, democratiza el acceso. Las notificaciones llegarán por medios electrónicos, eliminando el riesgo de perder plazos por notificaciones mal realizadas o no recibidas.
La reforma fue elaborada por una comisión conformada por representantes de los tres poderes del Estado, los colegios de Abogados y Escribanos, la Asociación de Magistrados y asesores externos. La Legislatura la aprobó rápidamente y todo el proceso se desarrolló en tiempo récord: menos de un año.
Sin dudas hubo voluntad política para materializarla, pero su éxito dependerá no solo de las normas y la tecnología, sino también de la capacidad del sistema para adaptarse y la disposición para sumarse el cambio de los operadores judiciales y el resto de los actores.
La Justicia comenzará en febrero con las capacitaciones, con vistas a la entrada en vigencia del nuevo régimen, prevista para el 1º de agosto.
Desde el punto de vista político e institucional, el proceso podría tomarse como modelo para agilizar cambios en otros fueros que parecen imperiosos, relacionados no solo con la agilidad y la transparencia de los procedimientos, sino también con las responsabilidades que les caben a los funcionarios judiciales en la gestión de los expedientes.
