Como Milei y Bullrich, el fútbol capitalino no quiere protestas

SUS CLUBES NO PUEDEN RECLAMAR
En una medida, por lo menos inconstitucional, al mejor estilo del presidente Javier Milei y su ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en el trato a los jubilados o los manifestantes del Garrahan, la Liga Catamarqueña de Fútbol, con la firma de su titular la Dra. María Sylvia Jiménez, y demás miembros de la comisión directiva, resolvieron que la entidad no acepará “protestas”.
A lo que aspiran Jiménez y Cía., es que los clubes que toman parte en las fases Petit y Reválida del presente torneo Apertura 2025, de la Liga Catamarqueña de Fútbol, aunque sus equipos resultaran afectados y/o perjudicados en sus interese, durante el desarrollo de los partidos que deban afrontar, no digan nada. No reclamen…, está prohibido, sin ningún respaldo estatutario, ni reglamentario, ni siquiera con carácter perentorio y/o extraordinario, de por medio.

Puntualmente, desde la Liga Catamarqueña de Fútbol, se sostiene que, “ningún club que se encuentre en la competencia (fases Petit y Reválida por la definición del torneo Apertura 2025) podrá presentar protestas de los partidos jugados”.

A modo de introducción, o como argumento, los directivos de la Liga Catamarqueña aducen que “los días 26 y 27 de julio, no se podrán jugar partidos oficiales”, de acuerdo a una resolución de la Policía de la Provincia.

Aunque seguramente ya lo conoce, porque de acuerdo a la sigla que precede a su nombre: Dra., la señora Jiménez ostenta el título de abogada, conviene recordarle que la medida por ella y sus colegas de CD dispuesta, viola lisa y llanamente la Constitución Nacional, al margen de cualquier otro antecedente del régimen disciplinario en el fútbol argentino, sea de la propia Liga, el Consejo Federal y las mismísimas AFA y FIFA.

Para precisar, debe apuntarse que su resolución viola el Artículo 14, de la Carta Magna de la República Argentina, donde se señala que “todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades…”, quen entre otros, contempla “el derecho a la protesta”.

Por lo tanto, lo dispuesto por la Liga Catamarqueña, resulta gravemente inconstitucional, como igualmente lo contemplan “diferentes Tratados Internacionales de Derechos Humanos, de jerarquía constitucional luego de la Reforma Constitucional de 1994”.

Por lo tanto, lo resuelto por la Liga Catamarqueña deviene en un auténtico disparate desde lo jurídico y que en el argot futbolero podría catalogarse como “un moco” irremediable, violando incluso la retórica popular, cargada de ironía, cuando ya sin instancias de reclamo, a cualquier ciudadano común, eventualmente afectado en sus derechos, se lo invita que “vaya a quejarse a la AFA o a la FIFA”.

Una verdadera lástima; podría ser para reírse…, pero lo aquí descripto es cierto.

Víctor “Paco” Uriarte

Para compartir: