CATAMARCA
La docente está sindicada en dos hechos de abuso con acceso carnal y desobediencia judicial. La adolescente tiene 17 años, su madre radicó la denuncia.
Una docente del interior provincial fue indagada e imputada, sindicada por abuso sexual a una alumna del establecimiento escolar. La causa penal, se inició tras la denuncia de la madre de una adolescente de 17 años. La acusada no es profesora de la joven pero concurren al mismo establecimiento escolar. Por tratarse de un hecho de instancia privada con un menor no se identificará la escuela ni el lugar en donde ocurrieron los hechos.
Según la información a la que accedió este diario, la fiscalía a cargo de la investigación del hecho indagó el lunes a la acusada por los presuntos delitos de “abuso sexual con acceso carnal” (dos hechos) y “desobediencia judicial”. La acusada se abstuvo de declarar por recomendación de su abogado Roberto Mazzucco.
En ese contexto se conoció que la acusada no está detenida y se avanza en la investigación de la causa ya que existirían testimonios distintos de la presunta víctima en lo que respecta al realizado en la instrucción penal y en la causa en el Juzgado de Familia.
Mazzucco agregó pruebas en la causa, entre ellos capturas de los chats realizados entre ambas que indicarían que fue una relación consentida.
La causa
La prensa publicó el hecho a mediados de marzo pero todo se inició en febrero con la denuncia de la madre.
Cuando la docente tomó conocimiento de la acusación, en compañía de su abogado, Roberto Mazzucco, se puso a disposición de la justicia. La fiscalía le impuso restricciones y prohibiciones de acercamiento a la adolescente.
Tal lo publicado en aquel momento, en el marco de la pesquisa se tomó declaración testimonial a la adolescente y se ordenaron pericias psicológica, examen médico ginecológico y una evaluación de riesgo realizada por el equipo técnico del Juzgado Civil, Comercial y de Familia del lugar.
En ese proceso la madre de la adolescente realizo otra denuncia indicando que la acusada asediaba a su hija incumpliendo prohibiciones impuestas. En ese contexto y en base a los elementos de pruebas reunidos y señalando que la denunciada demostró “desinterés por la orden impartida”, ya que la policía no pudo notificarle sobre el llamado a indagatoria, la fiscal ordenó su inmediata detención.
Ante ésa medida al abogado de la acusada planteó la nulidad absoluta de la orden de detención por ser violatoria del derecho de defensa.
El planteó fue resuelto por el Juzgado de Control de Garantías y se dictó la nulidad de la medida «por la confusa redacción del decreto» señalando que «resulta excesivo ordenar la detención, más allá de las facultades propias que posee el/la fiscal ya que la encartada se presentó de manera espontánea, acompañada con su abogado defensor, poniéndose a disposición del justicia y a las medidas restrictivas, y por más que las medidas fueron incumplidas y denunciadas, no debió adelantarse el órgano fiscal, ya que estando a un paso de prestar declaración indagatoria, el Art. 284 del C.P.P. establece que solo puede ordenar la detención, pero en los límites absolutamente indispensables”.
