El Gobierno decretó la emergencia energética y le acorta plazos al ENRE para los aumentos

TARIFA DE LUZ

Establece que, tras la audiencia pública, el ENRE tiene 5 días para resolver el pedido de actualización tarifaria de parte de la EC Sapem. Caso contrario, se “aprueba en su totalidad la propuesta” de la empresa.

A través del Decreto Acuerdo 153, instrumento que lleva la firma del Gobernador y su gabinete, la Provincia declaró en “estado de Emergencia la prestación del servicio público de energía eléctrica” en Catamarca hasta finales de año.

Según se desprende del decreto, el objetivo es modificar al Ente Regulador (ENRE) los plazos para resolver un pedido de actualización tarifaria de parte de la empresa provincial EC Sapem. Para el caso, se le dan al organismo cinco días hábiles luego de audiencia pública para decidir el incremento del VAD, caso contrario, “se considera aprobada en su totalidad la propuesta elevada por la empresa”.

Dentro del instrumento se reseña que en diciembre último, “el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°55, mediante el cual el Presidente declara la Emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural”.

A la vez, rescata el segundo artículo de ese DNU, puesto que “instruye a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía a implementar planes de acción necesarios con el fin de establecer mecanismos para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías”.

El decreto de la Provincia también trae a colación el artículo noveno del DNU donde se “invita a las provincias a coordinar con la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía las acciones de emergencia necesarias para asegurar la prestación de los servicios de distribución de electricidad que correspondan a su jurisdicción”. Así, remarca que “ante la situación de emergencia que atraviesa nuestro país, a la cual Catamarca no es ajena, resulta necesario establecer procedimientos más expeditos que permitan que la empresa de energía afronte los costos propios de distribución, mientras está vigente esta emergencia energética”.

Para el caso, precisa que es “necesario que el componente del Valor Agregado de Distribución (VAD) cubra los costos para la prestación del servicio en forma eficiente, resulta menester acortar los plazos y procedimientos para su actualización, sin perjuicio de la revisión de tarifa integral”.

En lo concreto, el Gobierno dispuso que el ENRE convoque a audiencia pública en un plazo no mayor a diez días hábiles desde la recepción de la solicitud efectuada por EC Sapem, “debiendo resolver en un plazo no mayor a cinco días hábiles de finalizada la audiencia pública”. Además, aclara que “vencido el plazo fijado, sin que el ENRE dicte la respectiva Resolución, se considera aprobada en su totalidad la propuesta elevada por la empresa prestataria de energía”.

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