«Se pusieron en evidencia contradicciones de testigos y falsedades en pruebas»

RENATO RASGIDO, ACUSADO POR CUATRO HECHOS DE ABUSO
El fiscal de Cámara Augusto Barros mantuvo la acusación y pidió una pena de 24 años, la inmediata detención y que se investigue por falso testimonio a nueve testigos.

El sacerdote Renato Rasgido podría enfrentar una pena de 24 años de prisión. El cura fue acusado por abuso sexual eclesiástico. Durante poco más de mes y 20 audiencias, se llevó a cabo el debate en su contra. El fiscal Augusto Barros mantuvo la acusación: dos hechos de “abuso sexual simple agravado en concurso ideal con corrupción de menores” y dos hechos de “abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con corrupción de menores”, todos los hechos “agravados por su condición de ministro de un culto religioso”.

Ayer, en la instancia de alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal además de la condena de 24 años de prisión, solicitó la inmediata detención. También planteó que se investigue por falso testimonios a nueve testigos.

El debate comenzó el pasado 15 de febrero, en la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación. El Tribunal está integrado por los jueces Miguel Lozano Gilyam.

Ayer, en la vigésima audiencia, se llevó a cabo la instancia de los alegatos. Por tratarse de un delito de instancia privada, se desarrolló a puertas cerradas –como sucedió durante todo el proceso de debate-. “En una época de universal engaño, decir la verdad constituye un acto revolucionario”, fue la frase con la que inició su alegato el fiscal de Cámara Barros, indicaron fuentes consultadas por El Ancasti.

Debieron pasar 10 años para que Rasgido ocupara el banquillo de los acusados. En marzo de 2014 fue denunciado en Andalgalá y a partir de entonces, comenzó un largo proceso. El representante del Ministerio Público Fiscal mantuvo la acusación contra el cura Rasgido. “¿Quién en este proceso se beneficiaba con una mentira? El que se perjudicaba con la verdad era la víctima. Al decir su verdad quedaba expuesto ante la sociedad por haber sido capaz de denunciar a quien tenía poder”, advirtió.

Para el fiscal de Cámara, la prueba fundamental que acreditan los abusos fue la declaración del denunciante en Cámara Gesell. En esa instancia, precisó Barros, el joven relató los cuatro hechos y estos fueron corroborados. A la vez, remarcó que desde el primer momento contó que fueron cuatro hechos y dio detalles de los ultrajes. A este testimonio, se suma el informe psicológico, el informe de la psicóloga de la Red de Sobrevivientes de Abuso Sexual Eclesiástico y otros testimonios que ponen al cura en el contexto de los abusos.

Tales circunstancias corresponden cuando en un par de oportunidades fue visto acosando a la víctima. Otro testimonio que se valoró fue el del testigo que dijo haber sufrido una situación de abuso, cuando él era un niño, entre 2007 y 2008. También se tuvieron en cuenta la síntesis de los informes médicos. Si bien clínicamente no se pudo corroborar si hubo abuso, sí quedó comprobado psicológicamente que los ultrajes existieron. Para la Fiscalía, había una serie de elementos para creer en el testimonio del denunciante y sostener la acusación contra el sacerdote. “Hay indicadores claros de abuso. El chico no fabulaba ni confabulaba”, advirtió el fiscal de Cámara.

Además, remarcó que tanto en este caso de abuso sexual eclesiástico, el primero denunciado en Andalgalá, como en otros dos casos denunciados en Belén –el caso del cura Juan de Dios Gutiérrez denunciado en 2015 y condenado a 12 años de prisión, en 2021 y el del sacerdote Moisés Pachado, denunciado a finales de 2018 pero fallecido a mediados de 2022- fueron determinantes para que las familias tuvieran que dejar el lugar de residencia y se mudaran a otras ciudades.

“Hubo todo un entramado de mentiras. El Ministerio Público Fiscal debe demostrar que es culpable y responsable. Así quedó demostrado. Se pusieron en evidencia las contradicciones de los testigos, manipulaciones, falsedades en pruebas que favorecían al imputado y un cúmulo de testimonios que claramente quedaron viciados”, detalló.

Con base a la prueba que obraba en la causa, el fiscal Barros mantuvo la acusación y pidió condena. A la vez, solicitó la inmediata prisión preventiva. A su criterio, hay riesgo de fuga, dado que no hay arraigo. Rasgido había informado que vivía en el Obispado pero en audiencia declaró, en un primer momento, que vivía en Andalgalá pero que actualmente reside en un barrio de la zona sur de la Capital. También pidió que se giren las actuaciones por presunto falso testimonio de ocho testigos: un sacerdote, integrantes de la comunidad parroquial y una docente, son algunos de los sindicados. “Que se haga Justicia, aunque se caiga el cielo”, fue la frase de Séneca con la que el representante del Ministerio Público Fiscal cerró el alegato.

A su turno, alegó la abogada Silvia Barrientos, representante de la querella y adhirió al planteo de la Fiscalía de Cámara. “Los hechos que aquí se juzgan han sido sostenidos desde el inicio de la denuncia, desde hace 10 años, sin haber cambiado ‘un ápice’ y los testigos que han aportado sus declaraciones también han hecho lo propio”, manifestó Barrientos, a través de la Red.

En tanto que el abogado defensor Luciano Rojas se opuso al planteo del Ministerio Público Fiscal y la querella. La defensa consideró que no hay peligrosidad procesal; remarcó que su defendido fue a todas las audiencias. También consideró que no hay elementos para una sentencia condenatoria.

El Tribunal pasó a un cuarto intermedio. La audiencia se reanuda el miércoles 3 de abril, con la última palabra. Luego, el Tribunal pasará a deliberar y dará a conocer el veredicto.

Testimonios
En el marco del debate, la defensa intentó sostener que el acusado no estuvo en Andalgalá durante los días en lo que se habrían cometido los ultrajes. El martes 27 de febrero, en la sexta audiencia, Rasgido pudo declarar y contar su lado de la historia. En la ocasión, se mostró sereno, según precisaron las fuentes consultadas por este diario.

El cura negó los hechos y aseguró que en los días sindicados él no se encontraba en Andalgalá. Relató la misma versión que había dado en la etapa de investigación. De esta manera, insistió en su inocencia.

Además, el religioso habría manifestado su versión de “justos por pecadores”. Rasgido aseguró ser víctima de un movimiento y cuestionó a los medios. El sacerdote reconoció que existen los abusos sexuales eclesiásticos y que suceden en todo el mundo, en el país y en la provincia. No obstante, aseguró ser inocente y manifestó su indignación por lo ocurrido a lo largo de estos 10 años, tras la denuncia en su contra por abuso sexual.

Durante la etapa de investigación, desde un primer momento, el cura Renato Rasgido negó los hechos que se le reprochaban. Según dijo, tenía agendadas las actividades que realizaba a diario. Por ello, insistió en que los días sindicados, no se encontraba en Andalgalá. El sacerdote aseguró que por entonces llevaba a cabo tareas de asistencia espiritual y otras actividades parroquiales. En otra ocasión, habría realizado un retiro espiritual en la Capital catamarqueña.

Al día siguiente, fue el turno del joven denunciante. En la octava audiencia pudo dar su testimonio. Estuvo asistido por la psicóloga de la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delitos del Poder Judicial Soledad Leiva. Su declaración fue prolongada; la víctima declaró por más de cinco horas. Hubo interrupciones en su relato, ya que el joven se quebraba mientras iba hablando. Rasgido tuvo que salir de la sala ante el pedido de Fiscalía.

Según lo dicho por el denunciante, confirmó lo declarado con anterioridad y sostuvo los cuatro hechos de abuso sexual cometidos por Rasgido. Aseguró que el hecho de haberse convertido en padre le dio fuerzas para afrontar ese momento.

El testimonio de Liliana Rodríguez, la psicóloga de la Red de Sobrevivientes de Abusos Eclesiásticos, fue el más importante de la décimo quinta audiencia, en el marco del debate por abuso sexual eclesiástico que tiene como acusado al sacerdote Renato Rasgido. La psicóloga declaró que se habían detectado indicadores en el denunciante de haber vivido una experiencia traumática que causó un daño psicológico. A la vez, dejó en claro que no fue la psicóloga personal del denunciante pero sí quien realizó un acompañamiento.

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