CRIPTOESTAFAS
La Justicia Federal admitió a la Defensora Pública como querellante y actor civil, en coincidencia con la resolución de la Fiscalía Federal. El pedido fue por supuestas omisiones en los controles a las financieras.
El juez Federal Miguel Ángel Contreras rechazó ayer la pretensión de la Defensora Pública de Víctimas, Mariana Vera, de que el Estado Nacional, Provincial y Municipal sean quienes paguen a los inversionistas damnificados por las empresas financieras.
Además, Contreras hizo lugar a la solicitud presentada por la abogada, de ser admitida como querellante particular y actor civil, en representación de víctimas vulnerables en la causa contra la financiera Stratton Sierra, que tiene como imputados a José Luis Sierra y a Jesica Paola Véliz.
En su fallo, el juez explicó que el punto rechazado tenía como objetivo demandar civilmente a la Municipalidad de la Capital, a la Provincia y a la Nación por supuestas omisiones para prevenir, proteger y evitar el daño a víctimas vulnerables, en busca de una reparación o resarcimiento económico.
Antes de emitir dictamen el juez corrió vista al fiscal federal Vehils Ruiz, quien estuvo de acuerdo en la aceptación como querellante y actor civil contra José Sierra y Véliz, advirtiendo que «no deben citarse como demandados los estados nacional, provincial y municipal, toda vez que los mismos no deben responder por los imputados en el hecho objeto de la presente causa».
El fiscal consideró además «que la responsabilidad pretendida por la Defensora Publica Oficial de Víctimas debe ser tratada en la sede civil por especificidad funcional en un proceso especialmente habilitado para ello y no en el marco de la presente causa penal».
Fundamento del rechazo
De acuerdo al fallo del juez Federal, el artículo 97 del Código Procesal Penal de la Nación (C.P.P.N), establece que: “(…) Las personas que según la ley civil respondan por el imputado del daño que cause el delito podrán ser citadas para que intervengan en el proceso (…), lo cual en este caso no ocurre, toda vez que no se encuentra imputado en autos ningún funcionario del Estado ya sea Nacional, Provincial o Municipal por el cual los mismos deban responder, como así tampoco no existe ninguna relación jurídica del Estado con los imputados en autos que lo coloque en situación de responsable solidario con estos, en el marco del presente proceso penal».
Sostuvo además que en el marco de la causa penal, «(…) ni se abre juicio tampoco respecto a la eventual procedencia -o improcedencia-, de la pretensión resarcitoria (…) respecto a si existe o no responsabilidad civil del estado Nacional, Provincial o Municipal, conforme los argumentos esgrimidos por la Defensora Publica Oficial de Víctimas; los cuales como se dijo, sería competencia de la Justicia Civil resolver tal planteo».
Figueroa
El abogado querellante Diego Figueroa, en diálogo con Radio Ancasti, consideró ayer que “es claro que existe una responsabilidad del Estado, desde el punto de que estas organizaciones necesitaban una autorización para funcionar de organismos nacionales como es el Banco Central y la Comisión Nacional de Valores y no las tenían».



