ELECCIONES 2023
La jueza Agustina Crook resolvió hacer lugar a los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra las resoluciones de la Junta Electoral de la alianza Juntos por el Cambio
La jueza Agustina Crook resolvió rechazar la impugnación que habían interpuesto los apoderados de la lista “El Cambio de nuestras vidas” de la alianza Juntos por el Cambio en contra de las precandidaturas a intendentes que tenían más de una reelección.
De esta manera, hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del art. 36 de la ley 4640 que limita las reelecciones y va en sentido contrario a la Constitución de la provincia.
Además, resolvió hacer lugar a los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra las resoluciones de la Junta Electoral de la alianza Juntos por el Cambio y en consecuencia declarar la nulidad de las mismas.
Presentación
Mediante una resolución de la Junta Electoral de la alianza Juntos por el Cambio, se intimó a los apoderados de la lista “Gana Catamarca” a reemplazar las candidaturas de Julio Taritolay de Antofagasta de la Sierra, y de Ramón Eduardo Villagra del municipio de Villa Vil (Departamento Belén), por considerar que ambos violan la normativa que limita las reelecciones de intendentes a un solo período de cuatro años.

